Resolución de preocupaciones

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Si usted tiene alguna preocupación sobre los servicios, o si no está de acuerdo con las decisiones acerca de su hijo, deberá hablar de ello con su coordinador de servicios en CFC. Estos servicios o decisiones pueden tener que ver con la identificación, evaluación, análisis o remisión a servicios o lo apropiado de los mismos. Si usted no está satisfecho con los resultados de la conversación, la ley provee opciones formales para la resolución administrativa. Estas
opciones incluyen:

  1. Quejas al estado. Se permite que usted presente una queja escrita y firmada al Departamento de Servicios Humanos de Illinois (IDHS, siglas en inglés) si cree que un proveedor ha violado una ley o regla respecto al Programa de Intervención Temprana de la Parte C. La declaración debe describir los hechos que apoyen su queja. IDHS puede utilizar el programa de monitoreo Illinois Early Intervention Monitoring Program para facilitar la investigación (https://earlyinterventionmonitoring.org).
    • IDHS tiene un plazo de 60 días desde la fecha que recibe la queja para investigar y escribir una decisión. Durante este periodo, IDHS puede llevar a cabo una investigación independiente.
    • La decisión de IDHS debe incluir los hallazgos de la investigación, las conclusiones y una razón de la decisión final.
    • Si se halla que la queja es cierta o válida, la decisión debe incluir procedimientos para corregir la causa de la queja.
  2. Mediación. Si usted tiene una disputa con el proveedor local, la oficina de CFC o con IDHS, puede pedir la mediación. La mediación es una sesión voluntaria y facilitada por un mediador calificado en un lugar conveniente para usted dentro de los 10 días después de la petición. El papel del mediador es uno de ayudar a las partes de la disputa a hablar y llegar a un acuerdo. El mediador no puede ordenar un acuerdo. Las conversaciones que se mantienen durante la mediación son confidenciales. La mediación es un proceso de participación voluntaria, y es necesario que usted acuerde participar de su propia voluntad. El estado paga el costo de la mediación. Un acuerdo de mediación registra los términos del acuerdo. Los servicios para su hijo en que se han concordado antes deben continuar durante el periodo de la mediación.
  3. Audiencia de juicio justo. . Usted puede pedir una audiencia de juicio justo para resolver una queja con su proveedor o con CFC. Si usted pide una audiencia de juicio justo, usted y su oficina de CFC tienen hasta 30 días para resolver la queja de una manera que satisfaga a usted. Si no lo puede hacer, se programa una audiencia de juicio justo.
    • Una audiencia de juicio justo es similar a una audiencia ante un tribunal.
    • La audiencia debe concertarse para una hora y un lugar que sean razonablemente convenientes para usted.
    • Un oficial de audiencias escucha a las dos partes de la disputa. No se permite que el oficial de audiencias sea un empleado de ninguna agencia ni ninguna otra entidad que provea servicios E.I. para su hijo.
    • En la audiencia, se permite que usted traiga a un defensor, abogado o persona de confianza que tenga conocimiento o capacitación especial acerca de su hijo o acerca de niños con discapacidades.
    • Usted también tiene el derecho a traer a su hijo y a que la audiencia esté abierta al público.
    • Para hallar a un abogado, usted puede contactar Equip for Equality, la agencia del Sistema de Protección y Abogacía en Illinois (https://equipforequality.org/).
    • Usted tiene el derecho de recibir sin costo una copia del registro de la audiencia, los hallazgos y las decisiones. La decisión por escrito deberá enviarse a usted dentro de los 45 días después del final del periodo de resolución de 30 días. El grupo o la persona que pierde el caso tiene el derecho a apelar la decisión.

Fecha de publicación: 2024