Los derechos de su familia

mom and son

El Programa de Intervención Temprana (E.I.) de Illinois fue establecido por la ley de Illinois para cumplir con la Parte C de la Ley federal de Educación de Individuos con Discapacidades (IDEA, siglas en inglés). IDEA define los derechos de usted como padre o madre de un niño que recibe servicios E.I. Algunos de los derechos de usted como padre o madre se describen brevemente a continuación:

  • Usted deberá tener una junta para desarrollar el IFSP cuanto antes, pero para los 45 días a más tardar después de la remisión de su hijo al programa E.I.
  • Se requiere que se comience a dar los servicios dentro de los 30 días de que se firme el IFSP.
  • Usted puede aceptar, rehusar o terminar los servicios en cualquier momento. La participación de usted es voluntaria, y se requiere el consentimiento de usted por escrito. Si hay algún cambio en las necesidades de usted, puede reunirse con el equipo con más frecuencia para cambiar el plan si es necesario.
  • Si usted necesita un traductor, se facilitará que uno esté presente para usted durante todo el proceso de E.I. Este servicio es gratuito para usted. También se pueden traducir documentos impresos a la lengua materna de su familia según sea necesario. Usted puede solicitar la ayuda de un traductor cuando contacte a su oficina de CFC.
  • El consentimiento informado significa que usted da su permiso para que usted y su hijo reciban servicios E.I. Se le pide que firme el documento del IFSP para indicar que entiende y que está de acuerdo con el plan y los servicios que identifica. También se le pedirá que firme formas de consentimiento para compartir información acerca de su hijo y su familia con proveedores de intervención temprana u otras agencias que sirvan a su hijo y su familia. Cuando usted y su hijo se preparan para dejar el programa E.I., se le pedirá dar consentimiento por escrito antes de que sus archivos se compartan con el distrito escolar local u otra agencia que servirá a su hijo cuando cumpla los 3 años.
  • Notificación previa por escrito – La notificación escrita ha de darse a usted antes de que una agencia E.I. o proveedor E.I. haga un cambio en los servicios E.I. de su hijo. La notificación debe darse en el idioma que usted normalmente utiliza. Usted deberá recibir la notificación escrita de todas las reuniones, para que tenga un plazo razonable para hacer un plan de asistir.
  • Repaso de archivos – Usted tiene el derecho a repasar cualquier archivo o registro relacionado con los servicios E.I. de su hijo. Los archivos deben hacerse disponibles a usted dentro de los 10 días del calendario después de que los pida. Usted puede pedir que se haga cambios en el archivo de su niño. Si la agencia rehúsa cambiar los archivos, usted tiene el derecho a pedir una audiencia de juicio justo.
  • Confidencialidad de archivos – Todos los registros de los servicios E.I. de su familia son confidenciales. Sus proveedores compartirán información entre sí a fin de proveer los mejores servicios a su familia. Los archivos se compartirán con otros solamente si lo permite unas leyes estrictas de privacidad, como la ley Health Insurance Portability and Accountability Act (HIPAA) y la ley Family Educational Rights and Privacy Act (FERPA).

Si usted tiene alguna preocupación sobre los servicios, o si no está de acuerdo con las decisiones acerca de su hijo, deberá hablar de ello con su coordinador de servicios en CFC. Estos servicios o decisiones pueden tener que ver con la identificación, evaluación, análisis o remisión a servicios o lo apropiado de los mismos. Si usted no está satisfecho con los resultados de la conversación, la ley provee opciones formales para la resolución administrativa.

Encuentre más información sobre el proceso de queja.

Vea también:

Title in English: Your Family Rights